Modificación de las medidas a adoptar por los rebrotes del COVID-19

Debido al aumento de los contagios de las últimas semanas, el Gobierno ha modificado algunas medidas, las cuales han sido publicadas por las distintas autonomías.

Por ello la Junta de Andalucía ha publicado el domingo 16 de agosto las medidas que resumimos a continuación, según la repercusión que puedan tener para nuestros clientes de Almería:

– Cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

– Establecimientos, locales y terrazas: la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros debe garantizarse en el servicio en barra.

– Mesas o agrupaciones de mesas: se debe garantizar una distancia mínima de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas.

– Horario de cierre de bares y restaurantes: una de la madrugada. No será posible aceptar nuevos clientes después de las 00.00 horas.

– Prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no sea posible mantener una distancia de seguridad de al menos dos metros. Esta medida también afecta a otro tipo de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, etc.

– Eventos multitudinarios: será necesaria una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria, así como la autorización de cada comunidad autónoma.

Todas ellas entrarán en vigor a partir del 17 de agosto de 2020

Modificación de las medidas a adoptar por los rebrotes del COVID-19 (BOJA20-551-00006)

PRESTACIÓN POR CESE POST COVID-19 y ampliación plazo ERTES

PRESTACIÓN POR CESE POST COVID-19 y ampliación plazo ERTES

 

Desde la asesoría os resumo brevemente los requisitos y condiciones de las prestaciones a partir del 1 de julio para autónomos que han sido beneficiarios del cese por COVID-19:

 

 AUTÓNOMOS QUE SOLICITEN LA NUEVA PRESTACIÓN: NO tendrán ninguna bonificación en la cuota de autónomos, y percibirán la prestación de cese en la misma cuantía que han percibido hasta ahora.

Para solicitar la nueva prestación tienes que cumplir los siguientes requisitos:

– Estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

– Haber cotizado al menos durante 12 meses por cese de actividad.

– No haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación.

– Encontrarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

– Si tienes trabajadores a tu cargo, deberás presentar certificado de estar al corriente de todas las obligaciones de Seguridad Social.

– Acreditar una reducción en la facturación durante el tercer trimestre del año 2020 de al menos el 75 por ciento en relación con el mismo periodo del año 2019, así como no haber obtenido durante el tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 euros.

Como en el momento de solicitar la prestación no sabrá si va a cumplir el último requisito o no, finalizado el tercer trimestre la Mutua hará las oportunas comprobaciones con la Agencia Tributaria para verificarlo, y en caso de incumplimiento se le reclamará la devolución de la prestación.

Para cobrar la prestación con efectos de 1 de julio, hay que presentar la solicitud antes del 15 de julio.

 

AUTÓNOMOS QUE NO SOLICITEN LA NUEVA PRESTACIÓN:  tendrán bonificaciones parciales de la cuota de autónomos en julio (100%), agosto (50%) y septiembre (25%).

 

Además el gobierno ha ampliado el plazo de duración de los ERTES por fuerza mayor COVID-19, hasta finales de septiembre de este año 2020, cambiando únicamente las reducciones a la reincorporación y al mantenimiento en el mismo, según los porcentajes que adjuntamos en el PDF que a continuación te acompañamos.

 

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Desescalada – Fase 3

Desde el próximo lunes 8 de junio de 2020 la provincia de Almería y el resto de Andalucía, así como nuestra vecina Murcia, entran en la fase 3 de la desescalada programada por el gobierno de España en el progreso hacia la nueva normalidad.
Cómo medidas más importantes y que afectan a las empresas que gestionamos en la asesoría podemos destacar las siguientes:

– Para comercios minoristas se limita el aforo al 50% y se obliga a mantener un horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
– Para empresas y negocios de hostelería se amplía el aforo del interior del local a un 50%, en terrazas pasa al 75% y todo ello, con una ocupación máxima de 20 personas. Además de la reapertura de barra, guardando siempre la distancia de 2 metros.
Se prioriza la utilización de materiales de un solo uso y se prohíbe el uso de servilleteros, palilleros, aceiteras…
– Empresas de prestaciones de servicios mantendrán las mismas condiciones que los comercios minoristas.

Además en el día de hoy se ha aprobado:

  • Prórroga del estado de alarma hasta el 21 de junio.
  • Apertura de discotecas y locales de ocio nocturno con limitaciones (pista de baile cerrada o destinada a instalación de mesas y sillas).
  • Permiso de libre circulación entre provincias de Andalucía.

Y como siempre y durante todas las fases de la desescalada os recordamos que todos los locales abiertos al público deberán exponer un cartel en la entrada con el aforo máximo permitido una vez realizada la disminución establecida por la ley.
Recordar que se deben de mantener las medidas de higiene, prevención y distanciamiento social, así como la limpieza, ventilación y desinfección de los locales obligatoria y diaria.

Estamos a vuestra disposición en horario de oficina para aclarar cualquier consulta que tengáis.

Resumen Fase 3
Desescalada Fase 3 (BOE-A-2020-5469)

DESESCALADA – FASE 2

Desde el próximo lunes 25 de mayo de 2020 la provincia de Almería entra en la fase 2 de la desescalada programada por el gobierno de España en el progreso hacia la nueva normalidad.
Cómo medidas más importantes y que afectan a las empresas que gestionamos en la asesoría podemos destacar las siguientes:

– Para comercios minoristas con locales inferiores a 400 m2 de superficie, se limita el aforo al 40% y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
– Comienza la apertura de centros comerciales y locales comerciales con más de 400 m2.
– Para empresas y negocios de hostelería reapertura de la zona interior con una limitación del 40% del aforo, 50% de la terraza y grupos máximos de 10 personas. Prohibido el uso de la barra. Se prioriza la utilización de materiales de un solo uso y se prohíbe el uso de servilleteros, palilleros, aceiteras…
– Academias de formación podrán reabrir con un límite de aforo de un tercio de su capacidad.
– Empresas de prestaciones de servicios mantendrán las mismas condiciones que los comercios minoristas.
– Para las actividades relacionadas con la construcción no hay novedad, pero estaremos atentos y publicaremos cualquier noticia o información de relevancia.

Todos los locales abiertos al público deberán exponer un cartel en la entrada con el aforo máximo permitido una vez realizada la disminución establecida por la ley.
Recordar que se deben de mantener las medidas de higiene, prevención y distanciamiento social, así como la limpieza, ventilación y desinfección de los locales obligatoria y diaria.

En cuanto a las ayudas, sigue en pie la prestación por cese de actividad de los autónomos hasta el fin del estado de alarma. Los ERTES se darán por finalizados el día 30 de Junio, mientras tanto podréis ir flexibilizando la reincorporación de los trabajadores.
Cabe destacar, en este sentido que existe una modificación en las bonificaciones a la Seguridad Social para las empresas acogidas a los ERTES, a partir del 13 de mayo se verá reducida en algunos casos pasando a ser está del 60% o del 85% durante el mes de mayo, según la situación de cada empresa. Las obligadas a cerrar y que no estén incluidas dentro de la desescalada podrán mantener esa bonificación total, refiriéndonos siempre a la bonificación de los seguros sociales, el resto se mantiene igual. Este aspecto lo aclararemos en la próxima publicación, durante la semana del 25 de mayo.

No obstante como siempre os digo estamos a vuestra disposición en horario de oficina para aclarar cualquier consulta que tengáis.

Guía oficial - Resumen Fase 2
Desescalada - Fase 2. BOE 16 de mayo de 2020 (BOE-A-2020-5088)

DESESCALADA – FASE 1

Mañana lunes día 11 de Mayo comienza en Almería la fase 1, desde la web de la asesoría os resumimos las principales novedades que afectan a nuestros clientes:

– Se seguirá fomentando siempre que sea posible el teletrabajo.
– Permitido el contacto social de hasta un máximo de 10 personas.
– Reapertura al público de todos los establecimientos y locales minoristas y de actividades de servicios profesionales con superficie del local inferior a 400 m² y una limitación del 30 % del aforo.
– Reapertura de terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas con una ocupación máxima de 10 personas, permitiendo la distancia mínima de seguridad interpersonal. El Ayuntamiento de Almería, para aumentar la capacidad de las terrazas ha autorizado una ampliación de metros para cumplir con esta norma, ocupando más espacio para así poder tener activas todas las mesas concedidas en la licencia.

En el boletín publicado ayer además se reflejan nuevas medidas de prevención e higiene así como numerosas nuevos permisos para hoteles, lugares de culto…

Adjuntamos a la noticia el boletín oficial y el bando oficial del ayuntamiento.

Bando hostelería Ayuntamiento de Almería
Desescalada Fase 1 (BOE-A-2020-4911)