Las empresas tendrán dos meses para adaptarse al registro horario

Según lo anunciado, se ha modificado la ley para establecer la obligación de registrar el inicio y fin de la jornada laboral. Se trata de garantizar el cumplimiento horario y también facilitar el control del mismo por parte de la Inspección. Las empresas tenemos dos meses para adaptarnos al registro horario desde su publicación en el BOE. (Inicio de la obligación el dia 12 de Mayo, pero os recomiendo empezar a llevarlo al dia desde ya)
El incumplimiento del registro de la jornada dará lugar a sanciones al modificarse la Ley de infracciones en el Orden Social. Se impondrán multas de entre 626 y 6.250 euros para las empresas.
Es importante tener en cuenta que dichos registros tendrán que guardarse al menos durante cuatro años. Durante este tiempo tendrán que estar a disposición de trabajadores, Inspección o Seguridad Social.
Más documentos a conservar para la mayoría de las empresas y un sistema más que mantener. Porque no basta con habilitar un modelo de fichaje, sino que luego tenemos que sacar informes y contrastar que todo el mundo ha fichado la entrada y la salida.
Habrá que ver como actúa la Inspección en estos casos. Ya iremos informando al respecto.




