Información medidas COVID-19

Las 11 medidas más relevantes del plan de choque

 

Desde nuestra asesoría en Almería hemos resumido las principales medidas más importantes del plan de choque publicado en el día de hoy:

1. Moratoria hipotecaria

Aprobación de una moratoria en el pago de hipotecas a personas que hayan reducido sus ingresos o estén en situación de desempleo por el coronavirus.

2. Pago de suministros

Moratoria en el pago de suministros básicos (agua, luz y gas) a colectivos vulnerables.

3. Bono social

Prórroga automática hasta septiembre del bono social a los hogares beneficiarios.

4. Atención a personas mayores y dependientes

Creación de un fondo específico de contingencia para reforzar la atención a personas mayores, sintecho y en residencias de mayores y dependientes. Se destinará unos 300 millones de euros.

5. Flexibilización del gasto de los municipios

Flexibilización de la regla de gasto para que los ayuntamientos puedan usar su superávit si lo invierten en partidas de atención social tales como a atención a la dependencia, servicios sociales y todo tipo de problemas de índole social asociados a la crisis del coronavirus. Se destinará unos 300 millones de euros.

6. Autorización de ERTE

Se agilizará el proceso de autorización de ERTE (expedientes de regulación temporal de empleo). Se considerarán realizados por fuerza mayor y se gestionarán rápido.

7. Cobro del paro en caso de ERTE

Garantía de prestación por desempleo en caso de ERTE. Todos los trabajadores afectados por estos procedimientos tendrán derecho a cobrar el paro, aunque no cumplan con el periodo de cotización mínimo exigido para ello. Además, no se considerará consumido el tiempo que dure la percepción de esta prestación (contador a cero).

8. Prórroga de la prestación por desempleo

Prórroga automática de las prestaciones por desempleo. Nadie perderá sus derechos por no poder acudir a las oficinas de empleo.

9. Impulso al teletrabajo

Facilitar el teletrabajo a través de una dotación «importante» a las empresas para la compra de ordenadores, al tiempo que permite a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral para el cuidado de personas a su cargo, siendo posible una reducción del 100% de la jornada.

10. Ayuda al cuidado familiar

Derecho al cuidado familiar para todos los trabajadores sin que puedan ser sancionados o despedidos (reducción de jornada incluso hasta del 100% o reorganización por cuidado de familiar hasta segundo grado -nietos y abuelos-).

11. Devolución de productos

Interrupción del cómputo del plazo para la devolución de productos de los consumidores.

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Como punto importante para nuestras empresas desde nuestra asesoría os detallo el Artículo 10. Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales.

1. Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio.

2. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.
En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

3. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.

4. Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio.

5. Se suspenden asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares.

 

Enlace:

BOE-A-2020-3692.pdf

Paquete de medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Almería para aminorar o evitar la transmisión del coronavirus.

https://cmasesoria.es/bfd_download/bando-del-ayuntamiento-ante-la-crisis-del-coronavirus/

Plan de actuación en las empresas contra el coronavirus en Almería

Ante la creciente inestabilidad e inseguridad creada entre empresas y trabajadores por el notable ascenso de infecciones por coronavirus en España, y aunque en Almería, los positivos por infección del COVIP 19 no han sido muchos y están controlados, ponemos a vuestra disposición la guía de actuación en el ámbito laboral para estar correctamente informados al respecto.

Además desde nuestra asesoría os recomendamos que no os dejéis llevar por rumores, que ante cualquier duda, nos solicitéis a nosotros o la mutua la información necesaria y que sigáis unas medidas básicas de prevención, desinfección e higiene. Y ante una posible infección actuar diligentemente y llamar al teléfono 955 545 060, habilitado en Andalucía para la atención de este tema.

Todo el que presente síntomas como fiebre, tos, dolor de garganta, y/o problemas para respirar y que haya viajado recientemente a una zona de riesgo o si ha tenido contacto con alguien que haya estado en esos sitios debe informar y tener especial cuidado.

Además informaros que el gobierno a anunciado que durante estos días o semanas venideras publicarán ayudas para minimizar el daño en el ámbito laboral y económico. Una vez estén claras informaremos al respecto.

Pincha en el enlace para acceder a la última información actualizada.

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm

 

 

Tipos reducidos en obras en viviendas

Ante la gran cantidad de dudas que surgen a la hora de emitir facturas de construcción/reformas con el IVA al 10 %, os adjuntamos el enlace directo a la página de la agencia tributaria donde aclara cada uno de los requisitos que se deben cumplir para poder aplicar este IVA reducido.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Obras_en_viviendas/IVA/Tipos_reducidos_en_obras_en_viviendas.shtml